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Cómo solicitar las ayudas para vehículos GNL – GNC asignadas por el Real Decreto-Ley 9/2026

El Real Decreto-ley 9/2026, de 14 de abril, introduce novedades importantes para el sector del transporte y consolida medidas que afectan directamente a muchos profesionales y empresas que operan con vehículos de GNL y GNC. La norma entró en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE y, para este segmento, trae dos mensajes clave: por un lado, mantiene y concreta ayudas directas para determinados vehículos propulsados por GNL y GNC; por otro, refuerza la capacidad de los transportistas para repercutir la variación del coste del combustible en sus servicios.

En la parte de ayudas directas, la norma modifica el Real Decreto-ley 7/2026 y fija importes específicos para varias tipologías de vehículos impulsados por GNC o GNL. En el caso del transporte pesado de mercancías, los camiones con MMA igual o superior a 7,5 toneladas y carburante GNC o GNL pueden acceder a una ayuda de 1.800 euros por vehículo. También se recogen ayudas de 200 euros para taxis, VTC, taxis adaptados y Eurotaxis con GNC, y de 975 euros para autobuses y autobuses urbanos con este tipo de carburante.

Ahora bien, el propio Real Decreto también aclara una limitación muy importante: estas ayudas por vehículo no pueden aplicarse, con carácter general, a los vehículos que ya tengan derecho a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por gasóleo profesional. Es decir, conviene revisar bien la situación administrativa de cada vehículo antes de iniciar la solicitud, porque la elegibilidad depende de si el vehículo está o no dentro de ese régimen.

Ayudas GNL – GNC Real Decreto Ley 9/2026

Pasos a seguir para disfrutar de las ayudas

Desde Grupo HAM queremos ayudar a nuestros clientes, informándoles de los pasos a seguir para obtener estas ayudas.

Para los clientes con vehículos GNL o GNC, el primer paso es comprobar si el vehículo se encuentra en una de las categorías subvencionables. Según el texto, las más relevantes son camión de mercancías pesado con MMA igual o superior a 7,5 toneladas y carburante GNC o GNL, para taxis, VTC, taxis adaptados y Eurotaxis con GNC, y determinados autobuses con estos carburantes.

El segundo paso es verificar si ese vehículo puede o no acogerse a la ayuda, porque la norma excluye, con carácter general, a los vehículos que ya tengan derecho a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos. Ese punto es clave antes de tramitar nada.

El tercer paso es reunir la documentación administrativa del vehículo y de la empresa o autónomo titular. Aunque en el BOE no se detalla la documentación requerida, es importante tener preparados el NIF/CIF, permiso de circulación, autorización de transporte, ficha técnica y datos bancarios del beneficiario.

El cuarto paso es presentar la solicitud por la vía electrónica habilitada por la Administración competente desde el siguiente enlace. En este tipo de ayudas la tramitación suele realizarse a través de sede electrónica del Ministerio o del organismo designado, por lo que es importante revisar la publicación operativa que desarrolle el procedimiento.

Y el quinto paso es guardar justificantes y hacer seguimiento del expediente, especialmente si el vehículo opera con GNL o GNC dentro de una flota amplia, para controlar qué unidades son elegibles y qué importes corresponden a cada una.

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